¿QUÉ ES UNA ITC-ITE
Y POR QUÉ ES NECESARIA?
Una Inspectión Técnica de Edificios (ITE) o Inspección técnica de
Construcciones (ITC) es una inspección de carácter obligatorio
para los propietarios de construcciones o edificios de más de cuarenta
años y en municipios de más de 20.000 habitantes, y para
aquellos que sin alcanzar esa población disponen de Plan General de
Ordenación Urbana. También es obligatoria transcurridos diez
años después de la última inspección.
Debe realizarse dentro de los doce meses posteriores al
cumplimiento de cuarenta años tras la terminación del edificio
o de su rehabilitación integral o dentro de los doce meses siguientes al
cumplimiento de diez años desde la anterior inspección.
El propietario o propietarios deberán encargar la Inspección
a un técnico competente en materia de construcción. Deberán
presentar en el ayuntamiento una copia del certificado y del informe
anexo dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo en el que
corresponda realizar la inspección.
¿CÓMO SE HACE UNA ITC-ITE?
- > Elaboración y presentación del presupuesto.
- > Una vez aprobado el presupuesto, y abonada una provisión de
fondos, se establecerá una fecha y hora para la visita de
inspección, en las 48 horas siguientes a la aceptación del
presupuesto.
- > Realización de la inspección en la
construcción o edificio, que incluye el análisis de:
-
- – Estructura y cimentación.
- – Fachadas, medianerías y otros paramentos.
- – Cubiertas y azoteas.
- – Instalaciones.
- – Toma de datos y documentación.
- – Plano de situación del edificio.
- – Reportaje fotográfico.
- – Redacción del Acta de Inspección Técnica realizada por técnico superior.
¿QUÉ OCURRE SI
LA ITC-ITE ES FAVORABLE
> Gestión finalizada, archivo del expediente hasta dentro
de 10 años.
¿QUÉ OCURRE SI
LA ITC-ITE ES DESFAVORABLE?
- > Descripción de medidas necesarias para garantizar la
seguridad del edificio.
- > Descripción detallada de las obras para la
subsanación de las deficiencias.
- > Realización de las obras indicadas en la inspección
por cuenta del cliente.
- > Nueva inspección para comprobar la correcta ejecución
de las obras. Presupuesto aparte, con las mismas tarifas que
para la ITC-ITE original.
- > Redacción del certificado de idoneidad.
Visado por el Colegio Oficial de Arquitectos.
- > Firma del certificado por parte del cliente en
nuestras oficinas, y pago de los honorarios.
- > Presentación del expediente en la Gerencia Municipal
de Urbanismo por parte del técnico y envío de una copia
sellada al cliente por correo.
- > Seguimiento del expediente por parte del
técnico, y gestión de cualquier requerimiento del
Ayuntamiento.
Inspección Técnica de Edificios
(ITE-ITC)
La Inspección Técnica de Edificios o Construcciones (ITC-ITE)
garantiza la habitabilidad, conservación y mantenimiento en
condiciones adecuadas de seguridad y salubridad del edificio.
Además, ahorra costes posteriores y favorece la eco-sostenibilidad de las
construcciones.
En ADRV arquitectos realizamos la inspección técnica de edificios y nos
encargamos de todos los trámites necesarios para que no tengas
que preocuparte por nada.
¿Quieres saber más sobre la inspección
técnica de edificios?
Si tienes alguna duda o deseas solicitar un
presupuesto no dudes en enviarnos tu consulta: